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Publicadas las bases reguladoras de la convocatoria de ayudas municipales a la creación de pequeñas y medianas empresas

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El Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz ha publicado las bases de la convocatoria de ayudas municipales a la creación de pequeñas y medianas empresas, dentro de una política municipal que busca la implantación de empresas en el término municipal de Castuera, creación de puestos de trabajo, fijación de la población sobre el territorio, así como la dinamización de la vida local, y fortalecimiento del tejido productivo de Castuera.

Según se detalla en las bases, estas ayudas, de carácter complementario a las que para los mismos fines convoquen otras administraciones, centrales, autonómicas o locales, tendrán la finalidad de o laborar de forma activa en la generación de empleo en el municipio apoyando la puesta en marcha de nuevas empresas mediante una línea de subvenciones directas a emprendedores/as.

Las ayudas irán destinadas a empresarios/as individuales y pequeñas y medianas empresas de carácter privado, cualquiera que sea su forma jurídica, que tengan su domicilio fiscal y social en Castuera y que cumplan los requisitos de la convocatoria.

En cuanto a los beneficiarios, podrán acogerse a estas ayudas los/as empresarios/as individuales y pequeñas y medianas empresas (PYMES), independientemente de su forma jurídica, que hayan iniciado o vayan a iniciar su actividad empresarial a partir del 16 de junio de 2019, (entendiendo por inicio de actividad el alta en el I.A.E.). Para el carácter de pequeña y mediana empresa se tendrá en cuenta lo establecido en el Reglamente C.E. n.º 800/2008de la Comisión de 6 agosto de 2008.

La convocatoria es abierta a lo largo del mandato de la actual Corporación municipal, y finalizará cuando finalice el mandato y duración de los diferentes órganos de gobierno del Ayuntamiento de Castuera (2019-2023).

Los requisitos generales de los beneficiarios son: que la empresa tenga su domicilio fiscal y social en Castuera; que sean empresas de nueva creación, considerando incluidos en este concepto los traspasos de negocios, pero no las transformaciones de forma jurídica o la apertura de nuevas líneas de negocio dentro de la misma empresa; no tener deudas con la Seguridad Social, con la Consejería de Economía y Hacienda, con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), ni la empresa ni las personas socias; no tener deudas con el Ayuntamiento de Castuera ni la empresa ni las personas socias, los proyectos presentados deberán tener una inversión subvencionable mínima de 3.000 euros, y La subvención máxima por empresa beneficiaria será de 1.500 euros.

Las solicitudes acompañadas de la documentación requerida se presentarán el Registro General del Ayuntamiento en el plazo de diez hábiles contados desde la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia el pasado martes 10 de agosto. Las solicitudes se presentarán en el Registro de Documentos del Ayuntamiento de Castuera, sito en Plaza de España, n.º 1 de Castuera, en horario de 9:00 a 14:00 horas o por correo o por medios electrónicos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre por la que se aprueba Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La documentación a presentar así como las bases completas de la convocatoria se puede consultar en la web del ayuntamiento de Castuera: castuera.es o en el Boletín Oficial de la Provincia, https://www.dip-badajoz.es/bop/ventana_anuncio.php?id_anuncio=133014&FechaSolicitada=2021-08-10